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Reforma fiscal para las indemnizaciones por despido_2014

////Reforma fiscal para las indemnizaciones por despido_2014

Reforma fiscal para las indemnizaciones por despido_2014

Hasta el 1 de agosto de 2014, las indemnizaciones por despido -en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores- estaban exentas de tributación fiscal. Sin embargo, a partir de dicha fecha, y con la última reforma fiscal, solo lo están los primeros 180.000 euros y lo que se cobre por encima de esta cantidad tributa como renta del trabajo, lo que eleva de forma considerable la factura fiscal de los trabajadores con contratos ordinarios (la fiscalidad de los contratos de alta dirección es diferente) con salarios más elevados.

Este límite de 180.000 euros no se aplica cuando los despidos – posteriores al 1 de agosto de 2014 – se deben a un expediente de regulación de empleo aprobado o un despido colectivo en el que se hubiera comunicado con anterioridad a dicha fecha, la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral.

2017-06-28T13:33:31+02:0028 junio, 2017|Temas que afectan a los ERE|